¿Quieres venir a España? Tramitamos visados de trabajo, de estudios, de nómada digital y de reagrupación familiar. Asesoramiento completo desde antes de llegar.
Nuestro servicio
El visado es el permiso necesario para entrar en España con el objetivo de residir, trabajar o estudiar durante más de 90 días. Debe solicitarse en el consulado español del país de residencia.
Una vez en España, el visado se transforma en la autorización correspondiente (de residencia, de trabajo, de estudiante, etc.), que es la que permite permanecer legalmente en el territorio.
Gestionamos la preparación de toda la documentación para la solicitud de visado y coordinamos con el consulado para que el proceso sea lo más fluido posible.
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Para extranjeros con una oferta de empleo en España. El empleador inicia el proceso en España (autorización de trabajo) y el trabajador solicita el visado en el consulado. Gestionamos ambas partes del proceso.
Para cursar estudios en España durante más de 90 días: grados, másteres, cursos de idiomas o formación profesional. Gestionamos la documentación de la institución educativa y la solicitud en el consulado.
La visa de nómada digital permite a trabajadores remotos y freelancers instalarse en España manteniendo sus clientes o empleadores extranjeros. Es uno de los visados de más rápido crecimiento. Incluye beneficios fiscales del régimen especial de trabajadores desplazados.
Una vez concedida la reagrupación familiar en España, el familiar debe solicitar el visado de residencia por reagrupación en el consulado español de su país. Coordinamos todo el proceso para que la reunificación sea exitosa.
Cómo trabajamos
Un proceso claro y transparente, sin letra pequeña.
Analizamos tu situación y te explicamos la mejor vía para tu caso, sin compromiso.
Te enviamos un presupuesto detallado sin sorpresas. Aceptas y empezamos de inmediato.
Recopilamos documentación, preparamos el expediente y presentamos ante el organismo.
Te informamos de la resolución y te entregamos toda la documentación resultante.
Documentación
Los requisitos exactos dependen de tu situación. En la consulta inicial te indicaremos exactamente qué necesitas.
Preguntas frecuentes
Una vez concedido el visado, normalmente tienes entre 1 y 3 meses para entrar en España (según el tipo de visado). Una vez en España, debes solicitar la TIE en los 30 días siguientes.
Sí, los estudiantes pueden trabajar a tiempo parcial (hasta 30 horas semanales) siempre que obtengan la autorización correspondiente y el trabajo sea compatible con los estudios.
Es un permiso de residencia para trabajadores que desarrollan su actividad de forma remota para empresas o clientes fuera de España. Pueden solicitarla empleados con contrato remoto y freelancers con clientes internacionales. Es compatible con beneficios fiscales del régimen Beckham.
En general no, ya que el visado debe solicitarse en el consulado del país de residencia habitual. Hay excepciones para algunos casos específicos. Si ya estás en España como turista y quieres regularizar tu situación, te asesoramos sobre las vías disponibles (arraigo, etc.).
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