¿Quieres traer a tu familia a España? Tramitamos la autorización de residencia por reagrupación familiar para tu cónyuge, hijos y otros familiares a cargo.
Nuestro servicio
La reagrupación familiar permite a los extranjeros residentes en España traer a sus familiares más cercanos para que vivan con ellos legalmente.
Para solicitarla, el reagrupante debe tener una autorización de residencia en vigor de al menos un año, disponer de vivienda adecuada y recursos económicos suficientes.
El proceso implica dos fases: la solicitud en España y la obtención del visado en el consulado del país de origen por parte del familiar. Nosotros gestionamos ambas fases.
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El cónyuge o pareja de hecho del titular de residencia puede solicitar la autorización de residencia por reagrupación familiar. El familiar reagrupado podrá trabajar en España sin necesidad de trámites adicionales.
Los hijos menores de 18 años del reagrupante o de su cónyuge pueden ser reagrupados si están bajo la patria potestad y dependen económicamente del titular. También aplica a hijos mayores con discapacidad.
Los ascendientes del reagrupante o de su cónyuge pueden ser reagrupados cuando el titular tiene residencia de larga duración y demuestra que están a su cargo y existen razones que justifican la necesidad de autorizar su residencia en España.
Una vez en España, los familiares reagrupados deben renovar su autorización de residencia. Nosotros monitorizamos los plazos y gestionamos la renovación a tiempo para que no pierdan su estatus.
Cómo trabajamos
Un proceso claro y transparente, sin letra pequeña.
Analizamos tu situación y te explicamos la mejor vía para tu caso, sin compromiso.
Te enviamos un presupuesto detallado sin sorpresas. Aceptas y empezamos de inmediato.
Recopilamos documentación, preparamos el expediente y presentamos ante el organismo.
Te informamos de la resolución y te entregamos toda la documentación resultante.
Documentación
Los requisitos exactos dependen de tu situación. En la consulta inicial te indicaremos exactamente qué necesitas.
Preguntas frecuentes
Debes tener al menos 1 año de residencia legal y estar en posesión de una autorización de residencia que permita al menos otro año más de estancia. Para reagrupar a ascendientes, necesitas residencia de larga duración.
El proceso tiene dos fases. En España, la resolución suele llegar en 3 meses. Después, el familiar debe solicitar el visado en el consulado, lo que puede añadir 1-3 meses más. En total, es habitual que el proceso tome entre 4 y 6 meses.
Sí. Desde la reforma de 2022, los cónyuge e hijos mayores de 16 años reagrupados tienen acceso directo al mercado laboral sin necesidad de solicitar ningún permiso adicional.
Entrar como turista y luego intentar regularizarse es muy arriesgado. Lo correcto es tramitar el visado de reagrupación familiar desde el consulado español en el país de origen.
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